ARANCEL CUPO PARA EL POLLO
ARANCEL CUPO PARA EL POLLO FRESCO, REFRIGERADO, CONGELADO
Por medio del presente les informamos que el día 16 de mayo, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2013, el cual establece un arancel-cupo exento aplicable a las fracciones arancelarias 0207.11.01, 0207.12.01, 0207.13.03, 0207.13.99, 0207.14.04 y 0207.14.99, correspondientes a carne de pollo fresca, refrigerada o congelada, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía.
A continuación se muestra la tabla indicando las cantidades del arancel-cupo:
Código |
Descripción |
Monto en |
0207.11.01 |
Sin trocear, frescos o refrigerados. |
300,000 |
0207.12.01 |
Sin trocear, congelados. |
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0207.13.03 |
Piernas, muslos o piernas unidas al muslo. |
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0207.13.99 |
Los demás. |
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0207.14.04 |
Piernas, muslos o piernas unidas al muslo. |
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0207.14.99 |
Los demás. |
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Para mayor información, favor de consultar el siguiente link:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5299148&fecha=16/05/2013